De la objetalizacion al sujeto de derechos. Enfoques Institucionales

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Por Lic. Mariela Creado Villarruel
Facultad de Ciencias de la Salud UCSE – izoca24@hotmail.com
De inicios y avances  Alrededor del 1900 las definiciones sociológicas piensan a las instituciones como fijas y estables, dejando por fuera de las investigaciones y teorizaciones la vida específica de los procesos institucionales. El psicoanálisis ha aportado otra línea de pensamiento que dejo su impronta en los desarrollos posteriores aportando concepciones que influyen hasta hoy; pensar las organizaciones como mediadoras de la cultura, de las relaciones de los hombres entre sí, enunciando tres componentes: estructura libidinal (relacionada con los procesos de identificación y transferencia) la organización y la ideología, han sido algunas de ellas[1].Las instituciones entonces son más que paredes, organigramas y normas, “son una red simbólica socialmente sancionada en la cual se articula junto a su componente funcional un componente imaginario”[2]. En Argentina se denominó Psicología Institucional al conjunto de prácticas y teorías que se dedican desde la década del 60 aproximadamente a investigar los fenómenos institucionales.

Dado que las instituciones son parte de la cultura y que como lo dijo tan claramente Freud hay malestar en la cultura, es inevitable, también lo hay en las instituciones, sin embargo es necesario diferenciar lo inevitable del malestar de lo evitable del padecimiento y/o sufrimiento institucional, de los grupos que forman parte de ellas y las habitan y de los efectos que producen las intervenciones que realizan sobre las personas que asisten a ellas.

De intervenciones en serie a intervenciones singulares.

Las violencias en todas sus formas (psicológica, física, moral, económica, sexual) producen padecimiento en el cuerpo y ubican al sujeto en posición de objeto.

Qué y cómo hacer con los efectos de las violencias es siempre una tarea que se emprende de forma singular, que conmina al sujeto a buscar respuestas propias para hacer con los efectos de lo que padece.

En la búsqueda de esas respuestas es que las personas ingresan en las instituciones. Las instituciones a su vez conforman equipos de trabajos para alcanzar los objetivos para los cuales han sido creadas.

Quienes trabajamos en las instituciones afectamos con nuestro decir y nuestro hacer a quienes acuden a ellas y esa afectación en muchos casos implica ubicar nuevamente en posición de objeto al sujeto, lo que implica re-victimizar y dañar.

La intervención hace referencia a un “procedimiento por el cual con un enfoque teórico técnico particular, se pretende conocer y estudiar lo que acontece y la dinámica de evolución y cambio que puede derivarse de dicha intervención. En todos los casos se alude a la inclusión de un tercero, el que interviene, en relación a un estado preexistente.”[3]

No se interviene entonces desde un lugar de asepsia, los equipos y/o profesionales tienen siempre un lugar de implicación ético e ideológico desde donde intervienen, sean conscientes o no.

Las intervenciones en serie, con recetas que implican el “para todos/as”, los consejos universales, los equipos que sostienen su hacer desde el “voluntarismo” desde el “sentido común”, que imponen modos de solucionar los conflictos basándose en ideales moralistas “es lo mejor para la persona, o lo que más le conviene”, que infantilizan al sujeto “intentando hacerle un bien”, haciendo y decidiendo por el otro, son intervenciones que borran lo singular, que niegan el derecho a tomar la palabra y a ser escuchado, niegan que los y las ciudadanas que acuden a las instituciones en busca de ayuda sean sujetos capaces y con derechos y los ubican en un lugar de objetos anulando cualquier posibilidad ayuda, ya que la misma implica reconocer la otredad, no imponer al otro mis marcos de referencias, valores y creencias.

Se vuelve requisito fundamental entonces para que los equipos y/o profesionales construyan sus intervenciones con pericia la formación y la supervisión de sus prácticas, instancias de vigilancia necesarias para evitar dañar, para poder pensar el caso por caso en una tensión permanente entre lo singular del sujeto y lo universal del sujeto de derechos.

Del acceso a la justicia a la intervención singular

Quienes trabajamos en instituciones tanto públicas como privadas tenemos la obligación de realizar nuestras intervenciones ajustándolas a los marcos legales vigentes en nuestro país y nuestra provincia, lo que implica no vulnerar derechos.

“La normativa internacional en materia de derechos humanos a la que nuestro País ha adherido, establecen obligaciones para los Estados en materia de tutela y garantías judiciales. Esto implica concebir el acceso a la justicia como un servicio público, haciendo nacer la responsabilidad del Estado en la promoción de acciones tendientes a facilitar y mejorar el acceso a la justicia y el ejercicio los derechos de la ciudadanía en general.

Esto significa, considerar el acceso a la justicia no de forma restringida, es decir, solo como la posibilidad de los ciudadanos de acudir a los mecanismos formales de justicia para defender y garantizar sus derechos; sino adoptar un sentido amplio que, entienda el acceso a la justicia como herramienta de desarrollo social para promover la igualdad real de oportunidades, la equidad, la justicia social y la progresiva disminución de la exclusión social.

Por otra parte, la participación social es un derecho humano esencial de toda persona y, una sociedad puede considerarse democrática cuando todos sus ciudadanos y ciudadanas participan. Todos los procesos de participación se encuentran profundamente vinculados al desarrollo humano, sostenible y social, ya que a través de la participación se contribuye a asegurar el cumplimiento de otros derechos.”[4]

Garantizar entonces el acceso a la justicia desde una concepción amplia conlleva sostener la tensión en la construcción de cada intervención entre lo singular del caso y la vigencia de los derechos humanos.

Intervenciones donde la persona sea ubicada en el lugar de sujeto de derecho, con participación plena en el proceso para decir y decidir. Equipos que habilitan la escucha, como instancia inicial y fundamental antes de decidir qué y cómo intervenir, que respetan la idiosincrasia de quien les habla y consideran sus circunstancias para elaborar entonces una  intervención que se ajusta a ese caso (sujeto, familia o comunidad) con anclaje local y participación real de quien/es nos consultan.

Bibliografía

Ana María Del Cueto, Grupos, instituciones y comunidades. Coordinación e Intervención, Buenos Aires, Lugar Editorial, 2003.

Ana María del Cueto, La salud mental comunitaria. Vivir, pensar, desear, Buenos Aires, Fondo de cultura económica, 2014.

Ana María Fernández, La dimensión Institucional de los grupos, Lo Grupal 7, Buenos Aires, Ediciones Búsqueda, 1989.

[1] Ana María Del Cueto, Grupos, instituciones y comunidades. Coordinación e Intervención, Buenos Aires, Lugar Editorial, 2003.

[2] Ana María Fernández, La dimensión Institucional de los grupos, Lo Grupal 7, Buenos Aires, Ediciones Búsqueda, 1989.

[3] Ana María del Cueto, La salud mental comunitaria. Vivir, pensar, desear, Buenos Aires, Fondo de cultura económica, 2014.

[4] Fragmentos de la fundamentación del Programa Justicia y Participación del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, Santiago del Estero, 2018.