Por orge Degano, Sara Auatt, María Teresa Lagares, y Silvia Lescano Dib. |
Investigadores Universidad Católica de Santiago del Estero jdegano@unr.edu.ar, sarauatt@arnet.com.ar, psicologylagares@argentina.com, dalescanodib@yahoo.com.ar |
Palabras Claves: Cámara Gesell – ASI – Subjetividad-Derecho. El Poder Judicial de la provincia de Santiago del Estero cuenta desde 2007 con el dispositivo de Cámara Gesell creado con el objetivo explícito de impedir la revictimización de los menores que han sido supuestas víctimas de delitos en contra de su integridad sexual con el propósito que, a través de este método de observación y entrevistas, pueda referirse lo sucedido y contribuir a la causa judicial con un elemento de prueba. Esta investigación intenta abrir una línea interrogativa sobre la extensión, posibilidades y efectos de este dispositivo en el marco de la institución judicial. Los niños víctimas de ASI debían concurrir por exigencia del procedimiento tradicional a los estrados judiciales afrontando la experiencia violenta de tener que reproducir, por necesidad sumarial, en varias instancias el recuerdo de vivencias de alto valor emocional y de carácter traumático con el efecto consecuente de su revictimización. La inclusión de la Cámara Gesell tiende a subsanar esa situación en la medida en que impone una economía de intervenciones con el consecuente efecto protectivo y establece que éste sea el único método de abordaje y que la entrevista sea administrada por un profesional psicólogo teniéndose por fundamente el Interés Superior del Niño. Si bien algunos operadores alegan que el método brinda la posibilidad de escuchar al sujeto cuya palabra en su expresión verbal y no verbal y en un ambiente privado permite identificar los signos, indicadores y efectos perturbadores de la subjetividad; desde una perspectiva crítica el uso de Cámara Gesell se muestra más como una herramienta de validación en la prueba judicial antes que un método que trate la problemática del sujeto víctima siendo su extensión a otros objetivos una interrogación objeto del Proyecto. Esta investigación intenta reconocer en este contexto técnico elementos válidos en la detección y diagnóstico de los efectos del ASI en niños abusados, con el objetivo de brindar, en su caso, un sostén interdisciplinar a las prácticas de justicia ampliando miradas procedimentales clásicas, como también analizar críticamente la efectividad de este instrumento respecto de los enunciados de su inclusión en los procesos judiciales. Hipótesis “El Abuso Sexual Infantil produce efectos en el psiquismo que afectan la subjetividad de las víctima de estos episodios los que se pueden identificar desplegados en el discurso verbal y no verbal de los niños que son entrevistados a través del dispositivo de Cámara Gesell”. Estado Actual del conocimiento Fundamento Legal El análisis de lo expresado por las víctimas de manera verbal (a través de su discurso) y no verbal (conductas, gestos, posturas, etc., entendidas como significantes) posibilita identificar signos o indicadores de los efectos en la subjetividad en los niños sujetos de tales sucesos. Su utilización explícita intenta evitar revictimizaciones al disminuir la cantidad de veces que son interrogados sobre la situación traumática en vías de una elaboración del acontecimiento y la preservación y protección de sus derechos. Desde el punto de vista jurídico el uso de la Cámara Gesell fue introducido mediante la Ley Nacional 25.852 que establece que las víctimas del ASI (menores de 16 años), “sólo serán entrevistados por un Psicólogo especialista en niños y/o adolescentes designado por el Tribunal que ordene la medida, no pudiendo en ninguno caso ser interrogados en forma directa por dicho tribunal o las partes y esto será llevado a cabo en un gabinete acondicionado con los implementos adecuados a la edad y etapa evolutiva del menor”. En nuestra provincia el uso de la Cámara Gesell en el ámbito del Poder Judicial se ha reglamentado en Diciembre del año 2009. Desarrollos sobre el Tema Existe una diversidad de estudios y autores que abordan el Abuso Sexual Infantil (ASI) tanto desde la perspectiva jurídica como desde el punto de vista psicológico, también social y antropológico, así como autores que trabajan desde perspectivas clínicas las consecuencias, traumatismos, sufrimiento psíquico, etc., que produce el abuso en el psiquismo de las víctimas. Una definición del campo desde el discurso jurídico señala: “abuso sexual infantil como un delito donde el/la victimario/a, adulto satisface sus impulsos o deseos sexuales, con un niño de cualquier sexo aprovechándose de las debilidades, ignorancia o inexperiencia del menor, mediando engaño, violencia, amenaza, abuso coactivo, intimidatorio o una relación de dependencia, con falta de consentimiento de la víctima por su sola condición de niño, afectándose su reserva y/o integridad sexual, implicando, o no, para éste una experiencia traumática, que puede perjudicar su desarrollo evolutivo normal y que además, está previsto y reprimido por el Código Penal”, (De Gregorio – Bustamante, 2008). Como se puede observar esta definición puntúa la situación de poder del adulto frente al niño y al hecho lo considera un delito penal. Otra definición indica “Cualquier niño por debajo de la edad de consentimiento puede considerarse como haber sido sexualmente abusado cuando una persona sexualmente madura, por designio o por descuido de sus responsabilidades sociales o específicas en relación con el niño, ha participado o permitido su participación en cualquier acto de una naturaleza sexual que tenga el propósito de conducir a la gratificación sexual de la persona sexualmente madura” (SCOSAC, 1984). Esta hace hincapié en el consentimiento o, mejor dicho, falta de consentimiento del niño y la diferencia etaria, como también el incumplimiento de su deber social en el adulto de proteger al menor. En otra “El abuso sexual concretado sobre menores implica el compromiso de los mismos en actividades sexuales a instancias de uno o más adultos, frente a las que no cuentan con recursos integrales como para emitir un consentimiento válido, que exige la plena comprensión y dimensionamiento de los alcances de la acción, como también la libre aceptación de la misma, requiriendo maduración psíquica, (Miotto 2006). Esta conceptualización, acentúa la falta de consentimiento válido y agrega el requisito de “maduración psíquica” que, según la autora, carecen los niños señalando “Las experiencias de abuso sexual vividas dejan profundos efectos en el aparato psíquico movilizando ciertas defensas (disociación, represión, negación, conversión, idealización, etc.) y producen modificaciones sustantivas en el psiquismo que interfieren en el normal desarrollo psicosexual del niño e inciden en el rendimiento integral”. Según esta autora el abuso sexual en niños tiene las siguientes consecuencias dañosas: Estrés Postraumático; desviación del desarrollo psicosexual; recuerdos desagradables recurrentes e invasores; dificultades para conciliar o mantener el sueño; conductas connotadas por hiperalerta o reacciones súbitas de carácter emocional; evitación persistente de los estímulos asociados al trauma; incapacidad para recordar algunos de los aspectos importantes del trauma; intensa disociación, con disminución del rendimiento integral. Según la Dra. Eva Giberti los abusos tienen efectos diferentes para niños y niñas siendo éstas últimas las más proclives a dichos abusos. (Giberti 2005), La Dra. Bettina Calvi refiere que el sufrimiento psíquico provocado por el abuso sexual en los niños/as involucra a la memoria, algo ocurre en relación a ella se inscribe una marca imposible de procesar. La destrucción de la memoria tiene lugar cuando el sujeto ha atravesado una situación tan violenta, tan fuerte que, debido al impacto de lo acontecido, no está en condiciones de narrar lo que ha ocurrido, disminuyendo la capacidad de simbolización. El olvido tiene una enorme importancia en la historización produciendo la “interrupción de la historia”. En ellos los referentes que hasta ese momento funcionaban como tales se derrumban, no hay ley que ordene el caos que los arrasa. Se produce un efecto de cataclismo en la vida psíquica percibida como una sensación de vacío. Existen, frente a estos hechos, defensas de carácter estereotipado que bloquean la toma de conciencia. En algunos casos, evocan las escenas de una manera totalmente desafectada. Jorge R. Volnovich, considera que el maltrato y el abuso cuestionan la filiación consanguínea o simbólica como un hecho natural; no justifica la intrusión indiscriminada, real o simbólica en el cuerpo o psiquis de un niño por parte de los que tienen la obligación de protegerlo (Volnovich 2006). Según Cecilia Grosman y Silvia Mesterman, se debe admitir que así como la familia es el agente socializador básico, al mismo tiempo y en muchos casos, constituye una escuela de la violencia donde el niño pequeño aprende que las conductas agresivas representan un método eficaz para controlar a las demás personas y para realizar sus propios deseos. Aún cuando la persuasión y la negociación podrían producir iguales o mejores resultados, éste no es el código que muchas familias legan a sus hijos. Así la transmisión generacional se erige en germen de la violencia en el conjunto social (Grosman y Mesterman 1992). Es posible inferir que el ASI, como forma de violencia, puede también reproducirse de modo similar como modalidad de relación. Calvi, citando a Velásquez, dice que en el trabajo analítico de éste se evidencia que las personas traumatizadas por haber padecido abuso, presentan sentimientos de desamparo, sensación de estar en peligro permanentemente, sentirse diferente de los demás, repetición de la escena, indefensión aprendida, empobrecimiento simbólico, estados confusionales, etc. El ofensor posee una racionalidad perversa que intenta transformar su racionalidad privada en racionalidad pública e incluso en intencionalidad de la víctima. Sólo la confesión de los delitos cometidos, el juicio y el castigo permiten que la memoria se recupere y las redes simbólicas de la historia vuelvan a entramarse, alojando la subjetividad. La víctima sufre un traumatismo que quiebra su historia y la de la próxima generación. Ese quiebre consiste en que la transmisión queda reducida al silencio o la mentira y en caso de incesto toda filiación queda desvastada. Así las fracturas en la memoria y los efectos sobre el pensamiento son cuestiones comunes a ambas problemáticas del mismo modo que los procesos de desubjetivación. Para que un traumatismo de ésta índole pueda ser elaborado y metabolizado es necesario que el sujeto pueda construir un relato; será necesario realizar un trabajo sobre la memoria, (Calvi 2006). Irene V. Intebi, Psiquiatra y Psicóloga argentina, adhiere a los trabajos de los especialistas norteamericanos Sgroi Porter y Blick, en donde se identifican las conductas asociadas al ASI mencionando entre otros los siguientes indicadores psicológicos específicos: 1) actitudes de abierto sometimiento, 2) conductas agresivas con tendencia a externalizar el conflicto, 3) comportamiento seudomaduro o sobreadaptado, 4) indicios de actividades sexuales, 5) juegos sexuales persistentes e inadecuados con niños de la misma edad, con juguetes o con sus propios cuerpos, o conductas sexualmente agresivas hacia los demás, 6) permanencia prolongada en la escuela (llegar antes de hora y retirarse después), sin ausentismo, 7) mala relación con los pares y dificultades para entablar amistades, 8) desconfianza, en especial hacia figuras significativas, 9) falta de participación en actividades escolares y sociales, 10) dificultades para concentrarse en la escuela, 11) disminución brusca del rendimiento escolar, 12) temor exacerbado hacia los hombres (en los casos en que la víctima es una niña y el perpetrador, un hombre), 13) conductas seductoras con los hombres (en los casos en que la víctima es una niña y el perpetrador un hombre), 14) fugas del hogar, 15) trastornos del sueño, 16) conductas regresivas, 17) retraimiento, 18) depresión clínica, 19) ideación suicida. Se hace además extensa la afección padecida y descripta a otras nosografías tal el Daño Psíquico, al efecto Lescano Dib dice: “Cuando un niño o un adolescente es abusado sexualmente se produce en su psiquismo una alteración compatible con el Estrés Post-traumático, con estados confusionales, la memoria y el pensamiento se ven afectados, la categoría del tiempo sufre perturbaciones, utiliza mecanismos defensivos de bajo nivel (disociación, negación, identificación proyectiva, inhibición, entre otros), hay una interrupción en su historia de vida, sentimientos paranoides y de desamparo, procesos de desubjetivación, su vida social se ve limitada, así como sus intereses; es decir se genera un daño psíquico”, (Lescano Dib 2008). Bibliografía 1. Calvi, Bettina (2006), Abuso sexual en la infancia: efectos psíquicos, Lugar Editorial, Buenos Aires (1) Este artículo es una adaptación de la comunicación presentada en el III Congreso Internacional de Psicoanálisis, Derecho y Ciencias Sociales, realizado en la Ucse en junio de 2011. La misma resulta del proyecto de investigación que lleva el mismo título que la ponencia, y se encuentra radicado en la UCSE – Convocatoria 2009 – actualmente en ejecución. |